A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Urquina Diaz Amanda Y Otros·Demandado Rojas Minda Ricardo Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre responsabilidad civil extracontractual
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Quinto Civil del Circuito de Cali y el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda de responsabilidad civil extracontractual que interpuso una ciudadana que sufrió un accidente de tránsito, cuando se desplazaba en un bus de servicio público.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones se resolvió el asunto aplicando como regla de decisión aquella que preceptúa que, en los procesos de responsabilidad extracontractual en los que una de las partes llame en garantía a una entidad pública y cuando en la demanda no se le impute responsabilidad a dicha entidad, el proceso será competencia de la jurisdicción ordinaria.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Quinto Civil del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Cali y el Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Cali en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Cali es la autoridad competente para conocer la demanda que promovió Amanda Urquina Díaz en contra de Ricardo Rojas Minda, Jaime Vásquez Bernal, Transportes del Valle y Turismo y la Compañía Mundial de Seguros.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4324 al Juzgado
- Quinto. Civil del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que comunique esta decisión a los interesados y al Juzgado Trece Administrativo del Circuito de Cali.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.